¿QUÉ ES EL CATASTRO?

Directorio de oficinas del Catastro

El Catastro, en España, es un registro administrativo en el que se recogen y describen los bienes inmuebles, que se clasifican en urbanos, rústicos y de características especiales, con indicación de la superficie, titularidad, situación, lindes, uso, aprovechamiento, cultivos en su caso, circunstancias jurídicas, calidad, antigüedad, características y su valor catastral, que se determina a través de la aplicación de normas técnicas y específicas para su cálculo.

El Catastro se organiza en una Dirección General y Gerencias. Las Gerencias, regionales y territoriales, están ubicadas en las capitales de provincia y en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Además, hay unidades funcionales en Cartagena (Murcia), Gijón (Asturias), Jerez de la Frontera (Cádiz) y Vigo (Pontevedra); y oficinas en Arrecife (Lanzarote), Eivissa (Ibiza), Maó (Menorca) y Santa Cruz de la Palma (La Palma).

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En este mapa, pinchando en las marcas, encontrarás las ubicacioes.


Para ser atendido presencialmente, es necesaria Cita Previa Obligatoria, que podrá solicitar en la Línea Directa del Catastro (91 387 45 50 ó 902 37 36 35).

Por otra parte, la Dirección General del Catastro tiene suscritos convenios con entidades locales, de forma que se puede solicitar información catastral y realizar algunos trámites catastrales directamente en el Ayuntamiento de la localidad o en la Diputación provincial correspondiente.

Antecedente histórico. El Catastro de Ensenada fue el paso previo a una reforma fiscal, que no se llevó a cabo, cuyo propósito era simplificar las complicadas rentas provinciales vigentes y sustituirlas por una Única Contribución "a proporción de lo que cada uno tiene, con equidad y justicia".

Para su desarrollo se crea la Real Junta de la Única Contribución, que dependía directamente del Rey Fernando VI, formada por miembros de los Consejos e Intendentes y, para tranquilizar al Clero ante la averiguación de sus bienes, dirigida por el Inquisidor General. Su secretario Bartolomé Sánchez de Valencia, que había dirigido la operación piloto en Guadalajara, fue el alma de todo el proceso. El marqués de Puertonuevo actuó de analista, consultor y asesor. Las averiguaciones en los pueblos se encomiendan a los Intendentes Provinciales y, que posteriormente, intervendrán en el proceso las Contadurías Provinciales.

Para conocer la renta real de las personas, lugares y provincias del Reino, fue necesario realizar una "averiguación" universal de todos los bienes de los vasallos, sin excepciones, incluidos los eclesiásticos y de los nobles. Se recabaron declaraciones individuales, que se hacían cabeza a cabeza, tanto de las unidades familiares, como de las institucionales; se comprobó su veracidad con ayuda de peritos y técnicos; se constituyeron los libros donde se registraba todo; se calculó su valor fiscal y se establecieron los estadillos de resumen de cada pueblo y de cada provincia, separando los legos y los eclesiásticos. Todo ello para calcular la renta local, la provincial y la del Reino. Las operaciones catastrales costaron a la Hacienda Real, según Canga Argüelles, cinco años de esfuerzos y 40 millones de reales.

Los datos recogidos se consideran bastante fiables gracias a las cautelas, como la comprobación de los datos por peritos, en ocasiones de los pueblos vecinos, la lectura pública de los libros o la presencia del párroco del lugar, quien aporta los certificados del pago de diezmos. El importantísimo volumen de documentos permite la más completa radiografía de la Corona de Castilla a finales del Antiguo Régimen, ya que se realizaron averiguaciones en 14.672 entidades de población, quedaron registrados más de siete millones de personas y varios cientos de millones de piezas de tierra.

En 1756 los trabajos estaban casi concluidos, a pesar de que algunas operaciones como la de Murcia habían tenido que repetirse completas y las averiguaciones de la Villa y Corte se alargaron sin remedio, quedando éstas últimas sin terminar por los intentos de ocultamiento y oposición de los sectores privilegiados. La caída de Ensenada en julio de 1754 no paraliza el proyecto. En 1757 se obtuvo incluso el Breve del Papa Benedicto XIV que autorizaba la aplicación de la Única Contribución a los bienes de los eclesiásticos. Cuando nada parecía impedir la puesta en marcha del nuevo sistema fiscal, la muerte de Bartolomé Sánchez de Valencia, sumada a la inacción de la Administración por la postración del Rey Fernando VI, melancólico desde la muerte de la reina Bárbara de Braganza, hacen que se pase el momento. Se volverá a estudiar la reforma en 1760 y en 1770, ya en el reinado de Carlos III, y se abandona definitivamente en 1779.

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